4 de enero de 2021
La AFIP estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante diciembre. El organismo también volvió a suspender las exclusiones de monotributistas correspondientes a diciembre.
La Resolución General N. ° 4896 publicada en el Boletín Oficial extendió los beneficios vigentes desde marzo con el objetivo de contener el impacto económico de la pandemia sobre las personas monotributistas.
La normativa establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que diciembre no encontrará los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas sistémicas.
Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en diciembre para proceder con exclusiones de oficio.
Cuando todo parecía perdido, apareció el corazón de la Selección. Argentina protagonizó una remontada épica, venció 3-2 a Egipto y se clasificó a los cuartos de final de la Copa del Mundo tras revertir un 0-2 en apenas once minutos.