2 de septiembre de 2025

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

LIBERTAD DE EXPRESIÓN. Adepa rechazó la prohibición judicial de difundir los supuestos audios de Karina Milei

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) expresó que esa medida afecta el derecho constitucional de la ciudadanía a informarse.

Adepa, la asociación que agrupa a unas 200 empresas periodísticas argentinas y cuyo objetivo principal es "la defensa y promoción de la libertad de prensa y de expresión, consideradas como pilares fundamentales del sistema democrático", expresó un fuerte rechazo a la decisión judicial de censurar la difusión de los audios ligados a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei.

El comunicado de Adepa

"La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) ha rechazado de modo constante, todas aquellas decisiones de funcionarios públicos por las cuales se ordene no difundir información. En especial cuando se trata de información relativa a funcionarios públicos o a hechos de interés o relevancia institucional.

La reciente sentencia de la justicia en lo Civil y Comercial Federal por la cual se prohíbe a todos los medios de comunicación la difusión de audios presuntamente grabados en la Casa de Gobierno de la Nación atribuidos a la Secretaria General de la presidencia, es un nuevo ejemplo de esas órdenes estatales que limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene resuelto que, con la sola excepción de la protección de la infancia y la adolescencia, cualquier medida preventiva que limite la circulación de información constituye un menoscabo de la libertad de pensamiento y de expresión.

La publicación de informaciones solo puede dar lugar a responsabilidades ulteriores y el gobierno puede promover la investigación y sanción de los delitos que puedan haber dado lugar a la grabación de los audios, del mismo modo que puede procurar la sanción de cualquier funcionario que haya violado sus deberes de secreto.

Las prohibiciones preventivas, en cambio, son contrarias al artículo 14 de la Constitución Nacional y afectan el derecho de la ciudadanía a informarse y conocer hechos de relevancia pública que pueden -o no- influir en la formación de la opinión pública".

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