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viernes, 19 de abril de 2024
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Volvieron los entrenamientos aunque sin fecha para el reinicio de la competencia

Fútbol - Torneo Federal A.

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Ayer retomaron sus entrenamientos todos los clubes que integran el Torneo Federal A, competencia que organiza el Consejo Federal de la A.F.A. (Asociación del Futbol Argentino). Al mismo tiempo, hicieron lo propio aquellos equipos que le dan forma al campeonato de la Primera Nacional, apoyándose en nuevas que los excepcionan de aquellas actividades abarcadas por el decreto nacional que habla acerca de “confinamiento”.

Entre estas instituciones  que forman parte del Federal A, más precisamente dentro de la Zona A, se encuentra el Club Ciudad de Bolívar, cuyo plantel volvió a las prácticas preparándose para la reanudación del campeonato. Entre otros puntos, los clubes se basan en el siguiente texto de las medidas que los exceptúan del tan mencionado “quedate en casa”: “los entrenamientos de deportistas profesionales quedan exceptuados de las medidas sanitarias vigentes. Si bien no hay fechas de programación de los partidos se comenzara a trabajar en borradores.

Principales artículos de la medida

Artículo 1º: Exceptúase de las medidas dispuestas en el inciso a) del artículo 3º del Decreto Nº 334/21 y de la prohibición de circular en el territorio nacional, en los términos de la presente decisión administrativa, a los eventos deportivos de carácter internacional y a las personas afectadas a su desarrollo. Los eventos deberán realizarse en los términos previstos en la Decisión Administrativa Nº 1582/20.

Artículo 2º: Exceptúase de las medidas dispuestas en el inciso a) del artículo 3º del Decreto Nº 334/21y de la prohibición de circular en el territorio nacional, en los términos de la presente decisión administrativa, al entrenamiento de deportistas profesionales, el que deberá desarrollarse en los términos de las Decisiones Administrativas Nº 1056/20, 1318/20, 1535/20, 1741/20 y 1805/20.

Artículo 3º: Las personas alcanzadas por la presente decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Unico Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19.

En todos los casos se deberá garantizar la higiene y, cuando correspondiere, la organización de turnos y los modos de desarrollo de las actividades que garanticen las medidas de distanciamiento necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19.

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por la presente medida deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas.

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