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viernes, 19 de abril de 2024
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San Carlos de Bolívar

El ex concejal García intimó a Pisano a dar información que hará pública

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El ex concejal Gustavo García, en uso de atribuciones constitucionales y actuando como simple ciudadano, elevó una nota al intendente Marcos Pisano -cuyo texto hizo llegar a los medios de prensa- intimándolo a que brinde información precisa y minuciosa respecto al manejo que se ha efectuado de las vacunas contra el coronavirus en esta ciudad. Lo emplaza, en caso de silencio, al inicio de una Acción de Amparo para lograr su cometido.

Reproducimos la carta, fechada en el día de hoy, textualmente:

 

Sr. Intendente del Partido de Bolívar.

Don Marcos Emilio PISANO.

S                         /                                   D.

                                Por intermedio de la presente, ante los gravísimos y notorios hechos de público conocimiento, en su carácter de autoridad de aplicación y en uso del derecho de acceso a la información pública, implícitamente reconocido en los artículos 1 y 14 de la Constitución Nacional y explícitamente en el artículo 12 inc. 4 de la Constitución Nacional, en la Ley Nacional 27.725 y en la Ordenanza Municipal Nro. 2078/2010 (“la ORDENANZA” de aquí en más), le SOLICITO a Ud. que, en el PERENTORIO TÉRMINO de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES de RECEPCIONADA la PRESENTE (art. 12 de la ORDENANZA), me brinde INFORMACIÓN DOCUMENTADA, POR ESCRITO y con FIRMA y sello de la autoridad competente (art. 13 de la ORDENANZA) sobre los SIGUIENTES HECHOS (arts. 5 y 6 de la ORDENANZA) que a continuación detallaré, ello BAJO APERCIBIMIENTO de considerarlo incurso en la causal de FALTA GRAVE en el EJERCICIO DE SUS FUNCIONES (art. 16 de la ORDENANZA) y de INICIAR LA CORRESPONDIENTE ACCION DE AMPARO (aun ante la entrega parcial de información), ello sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, penales y civiles a que pudieran dar lugar, para Ud. y los demás funcionarios, los hechos sobre los cuales la información se solicita, entre ellos, la información no veraz o el uso indebido de bienes públicos.

  • CANTIDAD DE VACUNAS RECIBIDAS por el MUNICIPIO a su cargo, desde el inicio de la pandemia y hasta la fecha de contestación de este informe, destinadas a combatir el virus denominado SARS COVID 19, en cualquiera de sus versiones, identificando, en cada caso, cada LOTE;
  • FECHA DE RECEPCIÓN de CADA UNA DE LAS VACUNAS expuestas en el punto 1);
  • MARCA O LABORATIO DE CADA UNA DE LAS VACUNAS RECEPCIONADAS por el Municipio y descriptas en el punto 1);
  • LISTADO COMPLETO Y DOCUMENTADO, detallando NOMBRES y APELLIDOS COMPLETOS, DNI, EDAD, MARCAo LABORATORIO de la VACUNA, LOTE, PERSONAL que VACUNÓ, FECHA DE INSCRIPCIÓN EN LA VACUNACIÓN,FECHA de VACUNACIÓN y CANTIDADES DE DOSIS aplicada a cada uno, de todas y cada una de las personas que recibieron vacunas, desde la recepción de la primera y hasta la fecha del informe. Dentro de las personas que recibieron vacunas, se deberá detallar, cuáles de todos ellos son, además, funcionarios públicos, fuesen nacional, provincial y municipal, la edad del funcionario público y las razones de su vacunación. Y para aquellos que presenten patologías previas, se solicita copia del certificado médico;
  • LISTADO COMPLETO Y DOCUMENTADO, detallando NOMBRES y APELLIDOS COMPLETOS, DNI, EDAD y FECHA de INSCRIPCION EN LA VACUNACIÓN, de todas y cada una de las personas que NO recibieron vacunas, desde la recepción de la primera y hasta la fecha del informe.
  • LISTADO COMPLETO Y DOCUMENTADO, detallando nombres y apellidos completos, DNI y fecha de vacunación, de todo el personal de salud anotado para la vacunación, de todo el personal de salud no anotado y del personal de salud vacunado, ello desde el inicio del plan de vacunación y hasta la fecha del informe;
  • LISTADO COMPLETO Y DOCUMENTADO, detallando nombres y apellidos completos, DNI y fecha de vacunación, de todo el personal docente y afectado a la educación anotado para la vacunación, de todo el personal docentey afectado a la educación no anotado y del personal docentey afectado a la educación vacunado, ello desde el inicio del plan de vacunación y hasta la fecha del informe;
  • LISTADO COMPLETO Y DOCUMENTADO, detallando nombres y apellidos completos, DNI y fecha de vacunación, de todas las personas que vacunaron, desde el inicio del plan de vacunación y hasta la fecha del informe; y
  • LISTADO COMPLETO Y DOCUMENTADO, de vacunas remitidas a las LOCALIDADES.

                                Motiva la presente, no sólo los escandalosos y miserables hechos que son de dominio público en él orden nacional, sino también, la fatal combinación de la lamentable información pública que se puede encontrar con solo revisar los medios públicos locales o las redes, de las cuales surgen pruebas de funcionarios o de sus hijos o de familiares festejando la obtención de la vacuna o a la queja de nuestro personal esencial o personas mayores no vacunadasy el silencio de las autoridades públicas locales, ante estos hechos, que no sólo merman la credibilidad de la política como instrumento de cambio, sino que violan de manera flagrante los más elementales principios de un Estado de Derecho, como lo son el principio de igualdad ante la ley, la falta de transparencia y demás.

                                En este orden, he de señalarle que existe un antecedente jurisprudencial en Bolívar contra un Intendente, casualmente en su momento de su mismo Partido Político, donde la Justicia lo obligó, en base a esta Ordenanza y a partir de la interposición de un Amparo, a brindar la información pública requerida. Quiera Ud. evitar dicho camino.

                                Finalmente, he de señalarle que la información que se me brinde, será puesta en conocimiento de la ciudadanía.

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