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El comisario Urruchúa fue condenado por abuso de autoridad y absuelto por el delito de coacción

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La causa surgió como ramificación del expediente contra el “Hermano Raúl”, acusado y ya condenado por abuso sexual contra una menor de la ciudad.

El policía pasado a disponibilidad afrontó un juicio, sindicado de querer favorecer al señalado, con quien tenía amistad, infringiendo intimidación a la familia de la víctima. Fue sentenciado a un año de prisión de ejecución condicional e inhabilitación para ejercer como funcionario público por dos años.

Arribó a su desenlace la causa que investigó la responsabilidad penal del policía –apartado de la fuerza –  Oscar Urruchúa, involucrado en una causa que surgió como ramificación del expediente en torno al caso por abuso sexual agravado que se inició contra Raúl Guerreño más conocido como “Hermano Raúl”, quien ya recibió una condena.

Como oportunamente se detalló, en ese marco se desató una causa iniciada por el titular del Juzgado de Garantías 2 de Olavarría, Carlos Villamarín, en la que se formulan sospechas de tráfico de influencias y cohecho (coimas) contra efectivos policiales que estarían encubriendo al “manosanta” rosarino radicado en esta ciudad.

Así, a la desvinculación de la fuerza del jefe de la Departamental 25 de Mayo, Abel Moussompés, y del titular de la sub DDI de Bolívar, Dante Ferrante, se sumó el pase a disponibilidad del comisario Oscar Urruchúa.

La suspensión en el ejercicio de sus funciones se mantuvo mientras perduraron las investigaciones tanto de la Dirección de Asuntos Internos de la fuerza como de la Justicia penal, desde donde ahora se arribó a un fallo en primera instancia.

En efecto, luego de tres audiencias celebradas en el Juzgado Correccional 1 a cargo del doctor Carlos Pocorena, se arribó a una sentencia absolutoria y condenatoria para con el funcionario policial, en tanto que la abogada del presunto “sanador”, también quedó liberada de culpa y cargo.

El policía Urruchúa como la letrada Nilda Prucca había arribado a juicio acusados de coacción (amenazas), y al primero también se le endilgada la figura penal del “abuso de autoridad”. Precisamente por esta figura fue condenado el uniformado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Como oportunamente se detalló, el desencadenante del procesamiento contra el policía local fue el procedimiento que personal policial de Tandil llevó a cabo en el domicilio de la menor víctima de abuso sexual por el cual estaba imputado Guerreño.

Se trató de una requisa para generar un “informe socio ambiental” realizado en cumplimiento de un oficio emitido por la defensa de Guerreño, la doctora Prucca, quien también había sido acusada por el fiscal pero ahora fue absuelta por el juez.

Tal procedimiento se habría llevado a cabo sin conocimiento ni participación del juez Villamarín ni de la fiscalía actuante.

Cuando se conoció el avance de la citada pesquisa judicial, Urruchúa fue trasladado a Ayacucho para cumplir funciones como director de la Escuela de Formación de la Policía de Prevención Local, en un trámite que se inició con anterioridad a conocerse la investigación que se lleva a cabo en Bolívar a partir de la detención del “Hermano Raúl”.

El expediente

La pesquisa ahora ventilada en el debate versó sobre el controvertido accionar policial en el que terminó siendo imputado Urruchúa, que fue defendido por el letrado local Marcelo Argeri.

Los jueces que intervinieron oportunamente en el proceso habían señalado que las conductas endilgadas a comisario “respondieron a un designio común a fin de procurar beneficiar a Raúl Donato Guerreño, el imputado por abuso sexual contra una menor de la ciudad, que convivía solamente con su madre, resultando esta circunstancia el eje para interpretar acabadamente las acciones que se reprochan a los policías acusados”.

A párrafo seguido, aquella resolución  rezaba que “ante la situación social imperante  en el que los hechos de inseguridad provocan una creciente zozobra en la comunidad, preocupado Guerreño que ambas mujeres vivieran solas y obviamente con anterioridad a la denuncia en su perjuicio, haciéndose eco de esa desprotección, intercedió ante el comisario Urruchúa logrando no solo la presencia regular de móviles policiales por el citado domicilio sino que además visitó la vivienda el comisario Aldo Javier Vega del Centro de Despacho y Emergencias de Tandil, quien también había sido impuesto por el nombrado sobre la situación de la menor y su madre”.

Lo descripto en el expediente que ahora fue confrontado en el juicio, señalaba la “evidencia de una relación e influencia entre aquel que brinda contención espiritual y material a personas con diferentes aflicciones, entre ellas la menor y su madre, y personal jerárquico de la fuerza policial, encargada de brindar seguridad a los ciudadanos, lo que conformaba una composición de factores de poder y que adquirirían mayor dimensión frente a una persona común, que debía enfrentarlos a partir del ilícito denunciado, agudizando con ello la vulnerabilidad de la menor y su madre ante la evidente disparidad de recursos”.

De hecho -expuso oportunamente el expediente-, incluso motivó que la titular de la ayudantía fiscal de Bolívar, doctora Julia María Sebastián, ordenara mediante oficio la intervención del Centro de Asistencia a la Víctima de Tandil, y dispusiera de una vigilancia policial en el domicilio con efectivos ajenos a la jurisdicción tandilense.

Así, en el particular escenario descripto, la letrada defensora de un imputado de abuso sexual libró un oficio dirigido al titular de la jefatura Distrital de policía de Tandil (Urruchúa) para “auscultar distintos tópicos tanto de la menor víctima como de su progenitora en el domicilio de ellas, alegando la profesional en su declaración que lo confeccionó en virtud de lo normado en el artículo 57 de la ley 5177, circunstancia omitida en el propio oficio, lo que resulta por demás sugestivo por resultar de estilo”.

Asimismo, para los camaristas que intervinieron en el caso habían señalado que no resultó un dato menor que “el oficio es diligenciado pocos días antes a que la menor prestara declaración testimonial en Cámara Gesell, dejando en evidencia que la acción desplegada por Prucca se constituía en el presupuesto necesario para justificar la presencia policial en el domicilio de la niña, pretendiendo con ello infundir un lógico y natural temor en todo el grupo familiar a fin de condicionar la declaración para mitigar o excluir la responsabilidad de su defendido”.

La misma conclusión le valió para Urruchúa ya que “conociendo la situación procesal de su allegado y/o amigo Guerreño agudizada por la jerarquía policial que ostentaba, resulta francamente inconsistente ceñir su cometido a la simple tarea de remitir un oficio, ya que por su experiencia y conocimiento como auxiliar de la justicia penal discernía claramente que la citada pieza no respondía a la práctica habitual en una investigación donde el fiscal dispone medidas probatorias, pretendiendo enmascarar el verdadero fin merced al cumplimiento de un acto con apariencia de regularidad”.

El caso

Cabe consignar sobre la “causa madre” que una mujer de la ciudad de Tandil, madre de una menor de 13 años, denunció que Donato Raúl Guerreño, a quien se lo conoce como el “Hermano Raúl” abusó sexualmente de su hija, lo que generó una conmoción en esta ciudad, donde habrían sucedido los hechos.

De acuerdo a lo informado en su oportunidad, el 30 de abril de 2016 en la Comisaría de la Mujer se recepcionó una denuncia penal que radicó la mujer oriunda de Tandil. En su exposición contó que había venido, como era habitual, a visitar al “Hermano Raúl” y denunció que el mismo había abusado sexualmente de su hija menor de 13 años.

La mujer relató que encontró a su hija casi desnuda, en una cama, en compañía de “Hermano Raúl”. La tandilense agregó que su hija le contó que esta situación se venía repitiendo desde hacía varios meses.

El curandero finalmente fue condenado en un juicio popular celebrado en Azul en septiembre del año pasado, sentenciado a la pena de 16 años de prisión.

Fuente: Diario El Eco, de Tandil.

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