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Continuará en la cárcel el “Hermano Raúl”, que había sido condenado por abuso sexual

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Continuará en la cárcel el “Hermano Raúl”, que había sido condenado por abuso sexual En septiembre de 2018, en un juicio con jurados que se hizo en Azul, el manosanta había sido sentenciado a dieciséis años de prisión por abusar sexualmente de una nena y de una de una mujer, hechos ocurridos cuando atendía a sus seguidores en la ciudad de Bolívar. Días atrás, en primera instancia una jueza rechazó un habeas corpus para que, a causa de la pandemia de coronavirus, el encausado siga cumpliendo condena bajo arresto domiciliario. Después, la Cámara Penal ratificó esa decisión.

Declarado en un juicio con jurados “culpable” de haber abusado sexualmente de una menor de edad y después condenado a dieciséis años de prisión, el “Hermano Raúl” -un manosanta que atendía en Bolívar y al que seguían cientos de personas- continuará en lo inmediato en la cárcel, después de que fuera denegado un habeas corpus presentado por su abogado para que, a causa de la pandemia de coronavirus, cumpla arresto domiciliario. Actualmente Raúl Donato Guerreño -tal la identidad del encausado, nacido en la localidad santafesina de Lanteri y de 58 años de edad- está preso en la Unidad 7, la cárcel de varones del Servicio Penitenciario Bonaerense con asiento en Azul. Semanas atrás su defensor Particular, el abogado Marcelo Biondi, había sido quien presentó el habeas corpus. Dicho recurso fue rechazado por Alejandra Raverta, la jueza del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul que intervino en el juicio con jurados que en septiembre de 2018 finalizara con la ya mencionada condena para el terapeuta espiritual. Posteriormente, la Cámara Penal de Azul que integran los jueces Damián Cini y Carlos Pagliere (h) confirmó lo dispuesto en primera instancia por la magistrada deTOC 2, lo que en otras palabras se tradujo en que días atrás también fuera rechazado el recurso formulado por el abogado de Guerreño ante el máximo Tribunal de Alzada departamental. El abogado Biondi argumentaba ese pedido para su defendido en el “agravamiento” de sus “condiciones de detención y el riesgo evidente de sufrir un daño a su salud a raíz de la pandemia que afecta a nuestro país -COVID 19-“. Según sostiene, Guerreño se encuentra en la Unidad 7 “dentro de las personas de riesgo por padecer hipertensión arterial y problemas cardiovasculares”, razones por las cuales solicitaba una morigeración de prisión para que de manera alternativa -teniendo en cuenta también que todavía no está firme el fallo que había derivado en su condena en ese juicio que se hizo en Azul años atrás- cumpliera prisión en un domicilio de la ciudad de Pehuajó, bajo el cuidado de dos personas de su entorno.

Rechazado en dos instancias A modo de respuesta a ese habeas corpus que no prosperó, la jueza Raverta había respondido en primera instancia: “Debe señalarse que hasta la fecha no se han registrado internos contagiados, por lo que su prisión domiciliaria podría incluso generar un riesgo aún mayor para su salud por la vinculación con terceros que sí circulan y se contactan con otras personas, haciendo más vulnerable su situación” en el marco de la actual pandemia. La magistrada agregó en el fallo: “Si bien se advierte que la Defensa se refiere a una potencial situación de riesgo por parte de su defendido, lo narrado por dicha parte no alcanza ni posee la entidad para entender la existencia de un agravamiento ilegal de las condiciones de detención que pongan en peligro la vida o la integridad física (de Guerreño) y que daría significado a la acción aquí interpuesta”. En la resolución, la titular del TOC 2 libró un oficio al Director de la Unidad 7 para que “intensifiquen los controles sanitarios” de Guerreño, teniendo en cuenta “los problemas cardiovasculares y de hipertensión arterial que el mismo padece”. Además, hizo extensiva esa orden a “todas las personas privadas de la libertad” que están en el penal de varones con asiento en Azul, “a fin de evitar el ingreso y propagación del virus COVID-19”. “Entiendo que corresponde rechazar la Acción de Habeas Corpus interpuesta, debiendo remarcar que en caso que el nombrado se contagiase efectivamente del referido virus COVID 19 se dispondrá inmediatamente su debida asistencia médica en un nosocomio especializado. Ello, de más está decir, sobre la base de lo que disponen los protocolos de actuación correspondientes ante tal situación”, concluyó la magistrada. Recurso de apelación mediante, posteriormente tampoco prosperó esa acción cuando el abogado Marcelo Biondi la presentó ante la Cámara Penal, cuyos integrantes se pronunciaron en similares términos a los sostenidos por la jueza Raverta para rechazar que Guerreño siga preso bajo la modalidad de arresto domiciliario, según fuentes judiciales señalaron ayer a EL TIEMPO.

EL DATO
Después de que un jurado de civiles lo declaró “culpable” de abusar sexualmente de una menor de edad, hechos ocurridos cuando la madre de la víctima viajaba a Bolívar a visitarlo, el “Hermano Raúl” había sido condenado a dieciséis años de prisión en el debate realizado en Azul. La pena para el todavía encausado se anunció el 12 de septiembre de 2018. En el mismo proceso Raúl Donato Guerreño también fue condenado por abusar sexualmente de una mujer. “Abuso sexual con acceso carnal agravado por ser ministro de culto no reconocido reiterado, en concurso real con abuso sexual simple”, habían sido los delitos por los que fue declarado “culpable” en aquel juicio. También conocido como el “Maestro”, Guerreño está preso desde mayo de 2016.
“Mi cliente está dentro del grupo de riesgo”
“El pedido para que cumpla la prisión domiciliaria obedece a que mi defendido tiene un historial clínico que hace que por el COVID-19 se encuentre en el grupo de riesgo”, dijo ayer en diálogo con EL TIEMPO Marcelo Biondi, el defensor Particular de Raúl Guerreño. Según sostuvo, en el ámbito del Departamento Judicial Azul ya existen resoluciones que en otros casos -y citó el de Johanna Ocanto, la joven acusada de un intento de homicidio- se han traducido en el otorgamiento de prisiones domiciliarias para los imputados. “A diferencia de otras resoluciones, donde les fueron otorgadas prisiones domiciliarias a personas que ni siquiera estaban en el grupo de riesgo por el coronavirus, la jueza Raverta rechazó la prisión domiciliaria para Guerreño, al sostener que todavía no hay casos de COVID dentro de la Unidad 7”, expresó el penalista. Además de apelar en la Cámara Penal lo dispuesto en primera instancia, en forma simultánea Marcelo Biondi había formulado un pedido de similares características ante Casación en busca de la morigeración de prisión para su defendido, según contó ayer. “No hay peligros procesales y mi cliente está dentro del grupo de riesgo. Y creo que si otorgan prisión domiciliaria a otras personas que no tienen sentencia firme, no veo por qué en el caso de Guerreño se esté aplicando la ley de otra manera. El tema de la pandemia, incluso lo sugiere la Suprema Corte, hay que tenerlo en cuenta. No hay que esperar a que haya casos en las cárceles, porque como no hay testeos no se sabe si realmente los hay o no”, sostuvo finalmente el abogado. (Colaboración Fabián Sotes)

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