8 de julio de 2022
El Dr. Sebastián Barrio se expresó hoy ante este medio en relación al fallo condenatorio de Primera Instancia por el recordado caso del fallecimiento, en el Natatorio Municipal, de Lito Yannuzzi ocurrido en el año 2016.
Como ya se informó, el Juzgado en lo Correccional número 1 de Azul condenó a dos años de prisión de ejecución condicional y a cinco de inhabilitación especial para desempeñarse en la enseñanza en cualquier institución pública o privada a María Florencia Reguero, Renso Yedro y Cleila Paola Méndez, a quienes encontró responsables por culpabilidad de la muerte por ahogamiento de Yannuzzi.
Sebastián Barrio es abogado de la hermana del fallecido (Miriam Yannuzzi) y a ella representa en el expediente en cuestión al haberse presentado esta última como particular damnificado. El reconocido penalista local ante todo dio cuenta de la conformidad de su representada por el fallo condenatorio de Primera Instancia, compartida con su otro hermano (Oscar), también presentado en igual condición con otro letrado patrocinante.
“Los dos hermanos de Lito están conformes con el fallo e irán ahora por el reclamo de daños y perjuicios en vía civil. Lo harán contra todos los imputados y obviamente también contra la Municipalidad”, expresó Barrio explicando que las personas que resultaron condenadas eran dependientes del Municipio de Bolívar en el marco del proyecto Natación para Todos y ese es uno de los elementos que da margen para el ataque legal al municipio.
“La familia está dolida porque no hubo ninguna protección de parte del Municipio. En realidad no existió "Natación para Todos" porque no hubo ningún tipo de cuidado siquiera para estos chicos con capacidades diferentes. En el Complejo no había médico ni enfermero, ni materiales de primeros auxilios. Esto está corroborado no solo por las declaraciones de los testigos sino también por las inspecciones que se realizaron y las actas que se labraron. No había desfibrilador, ni tablas de salvamento, ni tubos de oxígeno o mascarillas. Había un botiquín con curitas y gasas. Eso era todo”, enfatizó Barrio.
¿Se puede decir que los condenados en Primera Instancia son la parte más delgada del hilo?
- “Seguramente. Porque hay responsabilidades hacia arriba. Este era un proyecto que dependía de la Dirección de Discapacidad. Y reitero que los guardavidas y profesores son dependientes del municipio, más allá de que se quiera hacer parecer lo contrario por la figura del monotributo. La acción civil va a demostrar que había una responsabilidad por subordinación. Mientras haya dirección del ente estatal, su responsabilidad es insoslayable”.
En el final del diálogo periodístico el Dr. Sebastián Barrio lamentó que “cada vez que sucede una negligencia municipal terminamos pagando todos los vecinos. Y en este caso peor aún porque hubo que lamentar una muerte que pudo haberse evitado con sólo disponer de los elementos mínimos que obligaba el programa. El Natatorio Municipal ni siquiera contaba con habilitación para funcionar de este modo, porque ni los planos nuevos existían. Estaba todo atado con hilo y se apresuraron con la apertura sin poder cumplir siquiera con los mínimos detalles de seguridad”.
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HALLAZGO
Tenía un pedido activo de comparendo dispuesto por el Juzgado Correccional Nº 1 de Trenque Lauquen