27 de agosto de 2026
La audiencia se realizará a las 12:00 horas, en sede de la Fiscalía. La Dra. Julia María Sebastián tendrá que definir si mantiene las acusaciones informadas en la conferencia de prensa.
El hombre señalado como el autor del envenenamiento de al menos cuatro perros, con carne picada provista de su carnicería del barrio Los Tilos, Sebastián Rodrigo Mendiburu, será indagado este viernes a las 12:00 horas en sede de la Fiscalía local.
Así lo confirmó ayer, en conferencia de prensa, la titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 15, Dra. Julia María Sebastián, quien en conjunto con otras autoridades informó que pesará sobre el acusado la imputación por tres cargos penales.
En primer término, dijo, se le achacará la conducta de maltrato y crueldad animal, en infracción a la Ley N° 14.346 (sucesora de la Ley Sarmiento), por la que podría recibir una pena de entre 15 días a 1 año de prisión.
Asimismo, se le imputará el delito de "Daño calificado", incluido en el artículo 184 del Código Penal de la Nación, por el que resultaría damnificada la denunciante, Sandra Gómez, quien fue identificada como la propietaria de dos de esos canes. La escala penal de prisión allí prevista es de 3 meses a 4 años.
Por último, y en busca de obtener una detención, medida solicitada por la fiscal Sebastián pero rechazada por la jueza de Garantías San Román, se intentará sostener una tercera imputación: el envenenamiento de sustancias alimenticias, previsto por el artículo 200 del Código con penas más altas, de 3 a 10 años de prisión.
Lo explicó la fiscal en la rueda de prensa, pero vale la aclaración. Según el ordenamiento legal vigente, las penas que no superan los 3 años de prisión son plausibles de ser cumplidas en forma condicional, siempre que las circunstancias personales del imputado así lo permitan. Así las cosas, con mínimos de 15 días en el primer caso y de 2 años en el segundo, es decir penas en expectativa que podrían ser inferiores a los 3 años requeridos, solicitar la detención del acusado resultaba impracticable, sobre todo porque además no surgían antecedentes en el perfil de Mendiburu.
Aparece entonces la tercera imputación, con la que la Dra. Sebastián intentó convencer, sin éxito, a la jueza garante. Aparentemente, las causas del rechazo son varias. La principal parece ser el hecho de que todavía no está clara la sustancia venenosa utilizada, lo que sería clave para determinar si el tipo penal invocado se encuentra cumplido. Se esperaba todavía el resultado de la pericia toxicológica que podría confirmar o no el uso de estricnina u otra sustancia similar.
Pero aún cumplido ello, habría que superar otro obstáculo, del que no se ha hablado aún pero que LA MAÑANA puede confirmar que es central. Se trata de discernir si efectivamente las "sustancias alimenticias" estaban "destinadas al uso público o al consumo de una colectividad de personas". La Dra. Sebastián explicó que sí, ya que la comida se encontraba servida en un tupper.
Con esto se trata de explicar que la suerte de una detención de Mendiburu descansa, fundamentalmente, en la posibilidad de encuadrar la causa en el artículo 200 del Código Penal. Y todo esto con un adicional, que en rigor es una máxima del derecho penal argentino, la libertad durante el proceso es la regla y la detención -incluso prisión preventiva- se admite sólo por vía de excepción: la fiscal tendrá que acreditar la existencia de riesgos procesales tales como el peligro de fuga y/o el entorpecimiento del proceso.
Como corolario de todo lo expuesto, corresponde decir que la audiencia de este viernes surge como esencial, porque será el primer ejercicio de defensa de Mendiburu y porque quedarán definidas las acusaciones formales. De ellas dependerá una posible expectativa de detención, hoy lejana pero no imposible.
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